Inspección de policía
1. Atender aquellos procesos delegados por el secretario General y de Gobierno. 2. Velar en su jurisdicción por el respeto a los derechos civiles y garantías sociales conservando el orden interno y emprendiendo campañas de seguridad con el apoyo de las autoridades de policía. 3. Atender las denuncias y quejas presentadas por los ciudadanos y efectuar las investigaciones pertinentes de acuerdo con la ley. 4. Prestar a los diferentes funcionarios judiciales la colaboración necesaria para hacer efectivas las providencias. 5. Hacer cumplir las disposiciones del código nacional de policía. 6. Conocer en primera instancia las contravenciones ordinarias de que trata la normatividad vigente, excepción hecha de las que competen a la Policía Nacional. 7. Conocer los delitos y contravenciones que las normas de conmoción interior les asigne. 8. Realizar comisorios de juzgados como secuestros, embargos y restitución de bienes inmuebles. 9. Visitar periódicamente los establecimientos y puestos comerciales, con el fin de verificar la legalidad en los precios, calidades, pesos y medidas de los artículos de venta y su sujeción a la normatividad legal. 10. Adelantar las acciones pendientes a restablecer el espacio público y del respeto de los espacios comunitarios. 11. Asegurar la prestación de los servicios internos de orden público, seguridad ciudadana y defensa de los derechos públicos comunales. 12. Conocer de los asuntos y/o negocios que les asigne la ley, las ordenanzas, los acuerdos del concejo y decretos de la alcaldía del municipio. 13. Recibir y atender denuncias penales, contravenciones, declaratorias e indagatorias efectuando las situaciones requeridas y procesos instructivos correspondientes. 14. Expedir autorizaciones para la movilización de semovientes. 15. Adoptar las políticas, normas, sistemas, métodos y procedimientos necesarios para garantizar el desarrollo permanente del control interno. 16. Las demás funciones inherentes al cargo contemplado en las disposiciones legales y las que por necesidad del servicio les sean asignadas por las autoridades competentes.
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Fecha de publicación 26/08/2009
Última modificación 04/10/2022